Hecho generador (en qué casos aplica el pago de este impuesto) El hecho generador lo constituye la realización de las siguientes transacciones financieras: Disposición de recursos de las cuentas corrientes o de ahorros, por parte de personas o empresas, siempre y cuando esto implique: Retiro en efectivo Retiro mediante cheque Retiro mediante talonario Retiro con tarjeta débito Retiro por cajero electrónico Retiro en puntos de pago Notas débito La expedición de cheques de gerencia. Traslado de fondos a cualquier título. Cesión de recursos a cualquier título. Traslado o cesión de recursos entre diferentes copropietarios sobre carteras colectivas (así no estén vinculados a una cuenta corriente, de ahorro o de depósito). Retiro de recursos por parte del beneficiario o fideicomitente sobre carteras colectivas (así no estén vinculados a una cuenta corriente, de ahorro o de depósito). La disposición de recursos a través de los denominados contratos o convenios de recaudo o similares que suscriban las entidades financieras con sus clientes y que no se manejen por cuenta corriente, de ahorros o depósito. Los pagos o transferencias efectuados a terceros a través de notas débito manejados por cuentas contables o de otro género diferentes a las cuentas corrientes, de ahorro o de depósito. Los movimientos contables en los que se configure el pago de obligaciones o el traslado de bienes, recursos o de derechos a cualquier título. Los débitos efectuados sobre los depósitos acreditados como saldos positivos de tarjetas de crédito. El pago de los importes de los depósitos a término mediante el abono en cuenta.
En qué casos no aplica el pago de este impuesto A partir del 1º de enero de 2023, la exención en el pago del Gravamen de Movimientos Financieros fue limitada a transacciones que no excedan mensualmente los $14.844.200 (350 UVT), siempre y cuando se haya radicado la solicitud de exoneración en la entidad financiera. Es importante tener presente que este beneficio solo se puede solicitar para una cuenta de ahorros. Si tiene otra cuenta exenta en otro Banco, y desea aplicar el beneficio en otra institución, debe solicitar en la entidad respectiva, que a la cuenta le sea retirado el beneficio de exención. (*) Información tomada de: "Generalidades del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) en Colombia" – Oficina de Estudios Económicos – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Audio respuesta El audio respuesta es un sistema de atención telefónica que interactúa con un usuario a través de grabaciones de voz y el reconocimiento de las respuestas que éste da. Una serie de menús pregrabados presenta al usuario las diferentes opciones o servicios que la entidad ofrece. El usuario escoge una opción desde el teclado de su teléfono o por respuesta hablada y la aplicación del audio respuesta ejecuta las acciones correspondientes. Se puede calificar también como un sistema de autoservicio. Los servicios más frecuentes en este canal, asociados a los diferentes productos que cada entidad financiera maneja, son: Consulta de saldo, transferencia entre cuentas propias, pago de servicios públicos y privados, entre otros. Algunos beneficios: Disponibilidad, servicio 7 x 24 (24 horas al día, 7 días a la semana). Posibles Cobros Asociados El esquema de cobro de los servicios que se ofrecen por este canal puede variar para cada entidad: Cobro por transacción: Este cobro puede ser diferencial por cada tipo de transacción. Cobro por rango de transacciones. Es importante tener presente, que al realizar transacciones débito por este canal, se aplicará el Gravamen a los Movimientos Financieros (4xmil), excepto en los casos en los que la cuenta desde la cual se realicen las transacciones, esté exonerada. Es importante tener presente que al realizar transacciones débito por este canal, se aplicará el Gravamen a los Movimientos Financieros (4xmil), excepto en los casos en los que la cuenta desde la cual se realicen las transacciones, esté exonerada. Factores a tener en cuenta Teniendo en cuenta la preocupación general por temas de seguridad, es importante que para el uso adecuado de los canales electrónicos, se sigan las recomendaciones de seguridad divulgadas por cada entidad (manejo de la contraseña en lugar seguro, no ingresar desde sitios no conocidos, entre otros).