CDT ONLINE Título valor a nombre de un único titular, constituido mediante la Banca Virtual con un depósito de dinero a un plazo fijo, irredimible antes del vencimiento y sobre el cual se genera remuneración a una tasa preestablecida. Beneficios Requisitos Características Beneficios por constituir el producto Accesibilidad y comodidad: se puede constituir en cualquier momento y lugar a través de la Banca Virtual, sin necesidad de acercarse hasta una oficina. Flexibilidad: permite elegir el plazo que más le convenga al cliente, de acuerdo con sus necesidades de liquidez. Rentabilidad: ofrece tasas preferenciales según el plazo de la inversión. Consúltelas aquí Seguridad: los recursos para su constitución serán debitados de una cuenta del mismo y único titular en el Banco, en la cual se abonarán el capital y los rendimientos al momento del vencimiento. Facilidad: permite escoger la periodicidad de pago de intereses (mensual o al vencimiento) al momento de la constitución Versatilidad: modifique las instrucciones al vencimiento en el momento que lo requiera hasta un día antes del vencimiento a través de la Banca Virtual. Información: notificaciones de constitución y vencimiento de su inversión a través del correo electrónico registrado en el Banco. Servicio: atención oportuna y especializada sobre consultas relacionadas con el producto a través de la Línea de Atención al Cliente GNB en Contacto. Este producto cuenta con el beneficio del Seguro de Depósitos de Fogafín Requisitos para acceder al producto Monto mínimo de apertura: $500.000. Ser persona natural mayor de 18 años, de cualquier nacionalidad, residente en Colombia. El cliente debe tener cuenta corriente o de ahorros activa en el Banco, diferente a la Cuenta Pensión. Los documentos requeridos para la apertura se encuentran relacionados en la pestaña "Documentos". Condiciones para el manejo del producto Inversión del título en pesos. Emisión en plazo mínimo de 30 días. Constitución a nombre de una sola persona. Durante la vigencia del título y hasta un (1) día antes del vencimiento, se podrá cambiar la instrucción, así: Prorrogar: abonar los intereses en la cuenta y renovar el titulo con las mismas condiciones iniciales de valor y plazo. Cancelar: abonar los intereses y el capital en la cuenta origen de los recursos. El título no podrá ser negociado, endosado o transferido a terceros. Antes del vencimiento del título, el CDT puede ser cancelado o prorrogado por voluntad del titular a través de la Banca Virtual. Para el caso de las prórrogas automáticas, los intereses serán abonados al momento de cada vencimiento a la cuenta corriente o de ahorros del titular. Sobre el título no se podrá constituir ningún tipo de garantía o entregarse como eventual fuente de pago.
Beneficios por constituir el producto Accesibilidad y comodidad: se puede constituir en cualquier momento y lugar a través de la Banca Virtual, sin necesidad de acercarse hasta una oficina. Flexibilidad: permite elegir el plazo que más le convenga al cliente, de acuerdo con sus necesidades de liquidez. Rentabilidad: ofrece tasas preferenciales según el plazo de la inversión. Consúltelas aquí Seguridad: los recursos para su constitución serán debitados de una cuenta del mismo y único titular en el Banco, en la cual se abonarán el capital y los rendimientos al momento del vencimiento. Facilidad: permite escoger la periodicidad de pago de intereses (mensual o al vencimiento) al momento de la constitución Versatilidad: modifique las instrucciones al vencimiento en el momento que lo requiera hasta un día antes del vencimiento a través de la Banca Virtual. Información: notificaciones de constitución y vencimiento de su inversión a través del correo electrónico registrado en el Banco. Servicio: atención oportuna y especializada sobre consultas relacionadas con el producto a través de la Línea de Atención al Cliente GNB en Contacto. Este producto cuenta con el beneficio del Seguro de Depósitos de Fogafín
Requisitos para acceder al producto Monto mínimo de apertura: $500.000. Ser persona natural mayor de 18 años, de cualquier nacionalidad, residente en Colombia. El cliente debe tener cuenta corriente o de ahorros activa en el Banco, diferente a la Cuenta Pensión. Los documentos requeridos para la apertura se encuentran relacionados en la pestaña "Documentos".
Condiciones para el manejo del producto Inversión del título en pesos. Emisión en plazo mínimo de 30 días. Constitución a nombre de una sola persona. Durante la vigencia del título y hasta un (1) día antes del vencimiento, se podrá cambiar la instrucción, así: Prorrogar: abonar los intereses en la cuenta y renovar el titulo con las mismas condiciones iniciales de valor y plazo. Cancelar: abonar los intereses y el capital en la cuenta origen de los recursos. El título no podrá ser negociado, endosado o transferido a terceros. Antes del vencimiento del título, el CDT puede ser cancelado o prorrogado por voluntad del titular a través de la Banca Virtual. Para el caso de las prórrogas automáticas, los intereses serán abonados al momento de cada vencimiento a la cuenta corriente o de ahorros del titular. Sobre el título no se podrá constituir ningún tipo de garantía o entregarse como eventual fuente de pago.
CDT TRADICIONAL Título valor a nombre de uno o más titulares, constituido mediante un depósito de dinero a un plazo fijo, negociable e irredimible antes del vencimiento y sobre el cual se genera remuneración a una tasa preestablecida. Beneficios Requisitos Características Beneficios por constituir el producto Constitución del título mediante efectivo, Cheque Local, Cheque de Gerencia o débito a Cuenta del Banco GNB Sudameris (Corriente o Ahorros). Generación de rendimientos periódicos (mensual, trimestral, semestral) o al final del plazo a una tasa de interés fija o variable, según lo establecido. Pago de rendimientos a través de efectivo, Cheque o Abono a Cuenta del Banco GNB Sudameris (Corriente o Ahorros). Título libremente negociable. Fraccionamiento del título según las condiciones emitidas por el titular. Este producto cuenta con el beneficio del Seguro de Depósito FOGAFIN Requisitos para acceder al producto Monto mínimo de apertura: $500.000. Constitución del título en cualquier Oficina del Banco GNB Sudameris a nivel nacional. Ser persona jurídica (Constituida en Colombia). Los documentos requeridos para la apertura de un CDT se encuentran relacionados en la pestaña "Documentos". Condiciones para el manejo del producto Inversión en pesos. Emisión en plazos que pueden variar entre 30 y 540 días. La vigencia del título valor depende de las condiciones y plazos establecidos por el titular al momento de la constitución. Constitución del título en cualquier Oficina del Banco GNB Sudameris a nivel nacional. Al vencimiento del título, el CDT puede ser cancelado o prorrogado por voluntad del titular.
Beneficios por constituir el producto Constitución del título mediante efectivo, Cheque Local, Cheque de Gerencia o débito a Cuenta del Banco GNB Sudameris (Corriente o Ahorros). Generación de rendimientos periódicos (mensual, trimestral, semestral) o al final del plazo a una tasa de interés fija o variable, según lo establecido. Pago de rendimientos a través de efectivo, Cheque o Abono a Cuenta del Banco GNB Sudameris (Corriente o Ahorros). Título libremente negociable. Fraccionamiento del título según las condiciones emitidas por el titular. Este producto cuenta con el beneficio del Seguro de Depósito FOGAFIN
Requisitos para acceder al producto Monto mínimo de apertura: $500.000. Constitución del título en cualquier Oficina del Banco GNB Sudameris a nivel nacional. Ser persona jurídica (Constituida en Colombia). Los documentos requeridos para la apertura de un CDT se encuentran relacionados en la pestaña "Documentos".
Condiciones para el manejo del producto Inversión en pesos. Emisión en plazos que pueden variar entre 30 y 540 días. La vigencia del título valor depende de las condiciones y plazos establecidos por el titular al momento de la constitución. Constitución del título en cualquier Oficina del Banco GNB Sudameris a nivel nacional. Al vencimiento del título, el CDT puede ser cancelado o prorrogado por voluntad del titular.