CDT ONLINE
Título valor a nombre de un único titular, constituido mediante la Banca Virtual con un depósito de dinero a un plazo fijo, irredimible antes del vencimiento y sobre el cual se genera remuneración a una tasa preestablecida.
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Beneficios
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Requisitos
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Características
Beneficios por constituir el producto
- Accesibilidad y comodidad: se puede constituir en cualquier momento y lugar a través de la Banca Virtual, sin necesidad de acercarse hasta una oficina.
- Flexibilidad: permite elegir el plazo que más le convenga al cliente, de acuerdo con sus necesidades de liquidez.
- Rentabilidad: ofrece tasas preferenciales según el plazo de la inversión. Consúltelas aquí
- Seguridad: los recursos para su constitución serán debitados de una cuenta del mismo y único titular en el Banco, en la cual se abonarán el capital y los rendimientos al momento del vencimiento.
- Facilidad: permite escoger la periodicidad de pago de intereses (mensual o al vencimiento) al momento de la constitución
- Versatilidad: modifique las instrucciones al vencimiento en el momento que lo requiera hasta un día antes del vencimiento a través de la Banca Virtual.
- Información: notificaciones de constitución y vencimiento de su inversión a través del correo electrónico registrado en el Banco.
- Servicio: atención oportuna y especializada sobre consultas relacionadas con el producto a través de la Línea de Atención al Cliente GNB en Contacto.
- Este producto cuenta con el beneficio del Seguro de Depósitos de Fogafín

Requisitos para acceder al producto
- Monto mínimo de apertura: $500.000.
- Los documentos requeridos para la apertura se encuentran relacionados en la pestaña "Documentos".
Condiciones para el manejo del producto
- Inversión del título en pesos.
- Emisión en plazo mínimo de 30 días.
- Constitución a nombre de una sola persona.
- Durante la vigencia del título y hasta un (1) día antes del vencimiento, se podrá
cambiar la instrucción, así:
- Prorrogar: abonar los intereses en la cuenta y renovar el titulo con las mismas condiciones iniciales de valor y plazo.
- Cancelar: abonar los intereses y el capital en la cuenta origen de los recursos.
- El título no podrá ser negociado, endosado o transferido a terceros.
- Antes del vencimiento del título, el CDT puede ser cancelado o prorrogado por voluntad del titular a través de la Banca Virtual.
- Para el caso de las prórrogas automáticas, los intereses serán abonados al momento de cada vencimiento a la cuenta corriente o de ahorros del titular.
- Sobre el título no se podrá constituir ningún tipo de garantía o entregarse como eventual fuente de pago.
