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Información de Interés

 
Centrales de Información Financiera
 

Centrales de Información Financiera

Aquí encontrará de la manera más clara y resumida, lo que un cliente debe conocer, acerca de la autorización firmada al Banco GNB Sudameris o filiales para la consulta y reporte de sus datos en las Centrales de Información Financiera.

 
 

Si requiere información adicional con relación a la ley de Borrón y Cuenta Nueva, nos puede escribir a través del siguiente buzón Leyborronycuentanueva@gnbsudameris.com.co

Beneficios 4 x 1000
 

Le interesa... Mantenerse informado de todos los beneficios a los que usted puede acceder.

Le comunicamos que la exención en el pago del Gravamen de Movimientos Financieros fue limitada para el año 2025, a transacciones que no excedan mensualmente los $17.429.650 (350 UVT por $49.799)

 

¿Qué hacer para tener el beneficio?

Imprima el formato adjunto y entréguelo en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional.

Para nosotros es importante que usted obtenga este beneficio, al cual tendrá acceso una vez recibamos y verifiquemos el formato.

 

Y no olvide…

Si tiene otra cuenta exenta en otro Banco, debe solicitar en la entidad respectiva, que a la cuenta le sea retirado el beneficio de exención.

Para mayor información ingrese a la Guía Informativa GMF o comuníquese con nuestras Líneas de Atención al Cliente GNB en Contacto

*Este servicio no es retroactivo, aplica a partir del tercer día hábil siguiente a la radicación de la solicitud.

 
Prevención Lavado de Activos
 

Prevención Lavado de Activos

 
cuentas abandonadas

Cuentas Abandonadas

 

Aplicación Ley 1777 de 2016 y Decreto 953 de 2016 (Cuentas Abandonadas)

El Banco GNB Sudameris comunica a sus cuentahabientes que en cumplimiento de la Ley 1777 de 2016 y el Decreto 953 de 2016, a partir del 1º de agosto de 2016 los saldos de las cuentas abandonadas que superen el valor equivalente a 322 UVR, serán transferidos a título de mutuo al Fondo Especial constituido, reglamentado y administrado por el ICETEX, que permita el otorgamiento de créditos de estudio y créditos de fomento a la calidad de las Instituciones de Educación Superior.

Se consideran cuentas abandonadas aquellas cuentas corrientes o de ahorro sobre las cuales no se hubiere realizado movimiento de depósito, retiro, transferencia o, en general, cualquier débito o crédito que las afecte durante 3 años ininterrumpidos. No impiden considerar la cuenta como abandonada, las operaciones de créditos o débitos que el BANCO GNB SUDAMERIS realice con el fin de abonar intereses o realizar cargos por comisiones y/o servicios bancarios.

La transferencia de los saldos de las cuentas abandonadas en los términos contemplados en la Ley 1777 de 2016 y el Decreto 953 de 2016, no supondrá la alteración de los saldos reflejados en los balances y extractos de las cuentas abandonadas correspondientes, ni generará restricciones para que sus titulares dispongan de sus recursos como les corresponda de conformidad con lo dispuesto en artículo 5º de la Ley 1777 de 2016, las demás normas aplicables y con las disposiciones de los contratos que tengan celebrados con las entidades financieras o con terceros y que se encuentren vigentes. En consecuencia, los movimientos de recursos hacia el Fondo Especial no afectarán ningún esquema de garantías ni ninguna otra finalidad especial que tengan asignada, legal o contractualmente, las cuentas abandonadas de que se trate, ni tampoco la libre disposición de tales recursos por parte de los cuentahabientes o terceros autorizados, cuando así lo requieran.

 
Apertura de Cuentas Únicas Para el Manejo de los Recursos de Campañas Electorales
 

Apertura de Cuentas Únicas Para el Manejo
de los Recursos de Campañas Electorales

El Banco GNB Sudameris a través de su Sitio Web pone a disposición de los Consumidores Financieros, los requisitos y documentación que se requiere para la apertura de Cuentas Únicas, cuya finalidad es la administración de recursos de Campañas Políticas, dando cumplimiento a la normativa Colombiana vigente.

 

Marco Normativo.

 
  • Circular Externa 028 diciembre 13 de 2021 – Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Circular Externa 032 noviembre 09 de 2017 – Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Circular Externa 021 julio 15 de 2015 – Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Circular Externa 009 abril 21 de 2015 – Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Circular Básica Jurídica 029 de 2014 - Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Ley 1475 de 2011 – Congreso de la República de Colombia.
  • Ley 130 de 1994, Artículo 9 - Congreso de la República de Colombia.
 

Cómo Acceder al Producto.

 
  • La apertura de la cuenta se puede realizar en cualquier Oficina del Banco GNB Sudameris a nivel Nacional y se debe presentar la siguiente documentación:

    • Copia del formulario de inscripción de la candidatura con el respectivo radicado de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
    • Comunicación del respectivo Partido o Movimiento Político, mediante la cual se informe al Banco que el candidato solicitante de la apertura de la cuenta, pertenece al Partido o Movimiento Político.
    • Certificación indicando que la cuenta cuya apertura se solicita al Banco, será la única cuenta que se manejará para efectos de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
    • Comunicación en la cual se certifique el nombramiento del Gerente de Campaña que será autorizado para el manejo de la cuenta.

Documentos Para la Vinculación.

 
  • De forma adicional, el titular de la cuenta de depósito debe acercarse al Banco para suscribir los documentos de vinculación requeridos los cuales puede reclamar en cualquier Oficina de la Red Nacional:
    • Convenio Para Establecer los Mecanismos de Control en las Cuentas que Manejan Recursos Para Campañas Políticas debidamente firmado. (PDF) 102 Kb
    • Documentos para vinculación de Partido o Movimiento Significativo de Ciudadanos: (PDF) 146 Kb
    • Documentos para vinculación de Gerente de campaña y Candidato: (PDF) 227 Kb
  • El Banco no establece monto mínimo para la apertura de las Cuentas de Depósito.

Canales Especiales Para Radicación de Inquietudes y Consultas

 

De acuerdo con lo dispuesto por la Superintendencia Financiera a través de la Circular Externa 028 de diciembre 13 de 2021, se informa que el Banco GNB Sudameris ha establecido que el Gerente/Director de Negocios que maneja la relación comercial con el cliente, es el canal especial para la gestión personalizada de las inquietudes y consultas relacionadas con la apertura de cuentas únicas para el manejo de los recursos de las campañas electorales.

De igual forma, se encuentran habilitados los demás canales habituales de consulta, para orientar y dirigir las inquietudes al Gerente Director de Negocios que maneja la relación comercial con el cliente (Red Nacional de Oficinas, Centro de Atención al Cliente, Centro de Atención Telefónica, entre otros).

Adicionalmente, se informa que la Superintendencia Financiera de Colombia ha dispuesto un canal especial y exclusivo para la atención de quejas e inconformidades relacionadas con las solicitudes de apertura de cuentas únicas para el manejo de los recursos de campañas electorales y el otorgamiento de pólizas de seriedad de candidatura, a través del correo procesoselectorales@superfinanciera.gov.co

 
VALOR TOTAL UNIFICADO
 

El VTU es un indicador en valor o porcentaje

que integra los beneficios o costos que recibe o asume el cliente al tomar un producto con una entidad bancaria.

¿Cuáles son los tipos de VTU?

Producto de Ahorro
Producto de Crédito


Para tomar la mejor decisión relacionada con los productos financieros, usted no solo deberá comparar el VTU, es importante que tenga en cuenta todos los elementos de la oferta de valor de las entidades.

Canales Fisicos 
Canales Electrónicos 
Servicio al cliente 
Premios, Beneficios o Descuentos
Fogafín –Seguridad para su dinero
 

Fogafín –Seguridad para su dinero

 
  • Seguro de Depósitos de Fogafín (PDF) 840 Kb
Condiciones para la “Modificación” de Obligaciones de Crédito (CE- 026 de la Superintendencia Financiera de Colombia)
 

Condiciones para la “Modificación” de Obligaciones de Crédito (CE- 026 de la Superintendencia Financiera de Colombia)

 

Conozca las condiciones relacionadas con la “Modificación” de sus Obligación(es) de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en la Circular Externa 026, del 29 de septiembre de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia.

 
  • Condiciones para la “Modificación” de Obligaciones de Crédito (CE- 026 de la Superintendencia Financiera de Colombia) (PDF) 157 Kb
Comunicaciones Judiciales
 

Comunicaciones Judiciales

 

Para radicar notificaciones judiciales, tales como órdenes de embargo y desembargo, por favor remitirlas al correo embargos@gnbsudameris.com.co